La prohibición del snus en la UE, explicada
Desde 1992, la Unión Europea prohíbe la venta de "tobacco for oral use", lo que en la práctica significa snus de estilo sueco. La norma figura actualmente en el artículo 17 de la Tobacco Products Directive (2014/40/EU) y se aplica en los 27 Estados miembros salvo Suecia, que obtuvo una exención permanente al adherirse en 1995. La prohibición afecta a la venta, no a la posesión: puedes llevar snus para consumo personal en cualquier lugar de la UE. Las bolsas de nicotina sin tabaco no contienen tabaco y quedan fuera de su ámbito, por lo que su legalidad varía de un país a otro.
Qué dice la ley
El artículo 17 de la Directive 2014/40/EU establece: "Member States shall prohibit the placing on the market of tobacco for oral use, without prejudice to Article 151 of the Act of Accession of Austria, Finland and Sweden." El artículo 2(8) define el tabaco de uso oral como "all tobacco products for oral use, except those intended to be inhaled or chewed, made wholly or partly of tobacco, in powder or in particulate form or in any combination of those forms, particularly those presented in sachet portions or porous sachets".
De esta redacción se desprenden tres cosas:
- Es una prohibición de comercialización. "Placing on the market" significa poner un producto a disposición de los consumidores en la UE. No convierte en delito comprar, poseer o consumir snus.
- El tabaco de mascar está exento. La definición excluye los productos destinados a ser mascados. Por eso aparecieron en el mercado algunas "bolsitas de tabaco de mascar" después de 2016, y varios Estados miembros debatieron después si realmente eran tabaco de mascar.
- El producto debe contener tabaco. Una bolsita hecha de fibra vegetal y nicotina sintética o extraída no está "made wholly or partly of tobacco". Por tanto, las bolsas de nicotina quedan completamente fuera de la directiva, aunque se les aplica la legislación general sobre seguridad de los consumidores.
Breve historia
- 1992: La Directive 92/41/EEC introduce la prohibición, motivada por el lanzamiento de tabaco húmedo de uso oral de estilo estadounidense en el Reino Unido e Irlanda a mediados de la década de 1980.
- 1995: Suecia se adhiere a la UE con una excepción (Act of Accession, artículo 151), con la condición de que el snus no se venda en otros Estados miembros.
- 2001 y 2014: La prohibición se mantiene en la Directive 2001/37/EC y después en la 2014/40/EU, la directiva actual.
- 2004: El Tribunal de Justicia confirma la prohibición en el asunto C-210/03 (Swedish Match v Secretary of State for Health).
- 2018: El Tribunal vuelve a confirmarla en el asunto C-151/17 y rechaza el argumento de que tratar el snus con mayor rigor que los cigarrillos vulnera la proporcionalidad o la igualdad de trato.
- De 2023 a 2026: La Comisión evalúa la directiva. La orientación publicada apunta a incluir las bolsas de nicotina y otros productos novedosos en el marco normativo en lugar de revisar la prohibición del snus.
Suecia y Noruega
La exención de Suecia es permanente mientras siga vigente el Accession Treaty. La legislación sueca regula el snus como producto del tabaco, con una edad mínima de 18 años y la obligación de que los minoristas dispongan de una licencia. Noruega, que pertenece al EEE pero no a la UE, negoció su propia exención y permite el snus con normas de envasado neutro. Consulta las páginas de Suecia y Noruega.
Qué implica cuando viajas
Puedes introducir snus en cualquier país de la UE para consumo personal. No existe un límite numérico común a toda la UE para los viajes dentro de ella; la orientación general es que las cantidades deben ser coherentes con el consumo personal, y las autoridades aduaneras utilizan niveles orientativos para el tabaco (a menudo se cita 1 kg). Si llegas desde fuera de la UE, se aplica la franquicia habitual para el tabaco, normalmente de 250 g. Algunos países tienen normas específicas: consulta la página sobre viajes para tu destino.
La situación de las bolsas de nicotina
Como la directiva no las contempla, los Estados miembros han seguido sus propios criterios. Suecia, Dinamarca, Finlandia, Estonia, Chequia, Hungría y Polonia regulan las bolsas como productos similares al tabaco, con límites de edad y, en varios casos, límites de nicotina. Los Países Bajos, Bélgica, Francia y Luxemburgo han prohibido su venta. Las autoridades alemanas las clasifican como nuevos alimentos no autorizados. Encontrarás toda la información en la página general sobre las bolsas de nicotina.
Países de la UE incluidos
- Alemania
- Austria
- Bélgica
- Bulgaria
- Chequia
- Chipre
- Croacia
- Dinamarca
- Eslovaquia
- Eslovenia
- España
- Estonia
- Finlandia
- Francia
- Grecia
- Hungría
- Irlanda
- Italia
- Letonia
- Lituania
- Luxemburgo
- Malta
- Países Bajos
- Polonia
- Portugal
- Rumanía
- Suecia
Preguntas frecuentes
¿Es ilegal tener snus en la UE?
No. La directiva prohíbe la comercialización del tabaco de uso oral, es decir, su venta y suministro comercial. Poseer y consumir snus, e introducir una cantidad para consumo personal, es legal en todos los Estados miembros. Algunos países gravan o limitan las cantidades grandes.
¿Por qué se permite vender snus en Suecia?
Suecia puso la exención como condición para adherirse a la UE en 1995. El artículo 151 del Act of Accession permite a Suecia seguir vendiendo snus, siempre que no se comercialice en otros Estados miembros.
¿La prohibición abarca las bolsas de nicotina?
No. El artículo 2(8) define el tabaco de uso oral como productos hechos de tabaco. Las bolsas de nicotina sin tabaco no contienen hoja de tabaco, por lo que quedan fuera del artículo 17 y de la mayor parte de la directiva. Cada Estado miembro las regula mediante su legislación nacional.
¿La prohibición se aplica a Noruega?
Noruega pertenece al EEE, pero negoció una exención de la prohibición del tabaco de uso oral, por lo que allí el snus es legal, con una edad mínima de 18 años y envasado estandarizado.
¿Se levantará la prohibición?
No hay ninguna propuesta formal para levantarla. El Tribunal de Justicia confirmó la prohibición en 2004 y de nuevo en 2018 (asunto C-151/17, Swedish Match). La evaluación de la directiva por parte de la Comisión sigue en curso y se espera que incorpore las bolsas de nicotina en lugar de eliminar la prohibición del snus.